Por ello, realizamos un pequeño resumen para tratar de aclararlo:
1. CICLOMOTORES (permiso de conducción AM)
- Motor de cilindrada menor a a 50 cm³
- Limitación de velocidad: 45km/h
Comúnmente, en la calle, se distinguen por la matrícula amarilla.
2. MOTOCICLETA (permiso de conducción A1)
Solo se podrán conducir una vez pasados los 3 años de la obtención del permiso B (Esta convalidación, solo es válida en España).
Características de las motocicletas A1:
- Motos hasta 125 cm³
- Potencia máxima de 11kW (15CV)
3. TRICICLOS
Se podrán conducir triciclos siempre que 2 de las 3 ruedas estén en el mismo eje.
Nos encontramos con dos variaciones: Vehículos de 3 ruedas y motos de 3 ruedas.
La diferencia está en que el vehículo de tres ruedas tiene una homologación especial (referida a medidas y pesos) y debe llevar freno de estacionamiento y algunos detalles en el sistema de iluminación y otras áreas.
3.1 Triciclos homologados como "vehículos de 3 ruedas"
Siempre que el vehículo esté homologado como "Vehículo de 3 ruedas" ( y no "moto de 3 ruedas") no nos encontraremos con ningún tipo de limitación en cuanto a cilindrada o potencia.
3.2 Triciclos homologados como "moto de 3 ruedas"
Las limitación serán las correspondientes al permiso A1.
- Motos de 3 ruedas hasta 125 cm³
- Potencia máxima de 11kW (15CV)
4. QUADS (ATV)
Esperamos que os haya sido útil la información.
Autoescuela Iradier Donostia
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